Matricula

La Importancia de la Matriculación

La matrícula profesional, es un requisito indispensable para ejercer la profesión, es la forma de documentar, respaldar, acreditar o legitimar el desempeño profesional, garantizando ante la comunidad su formación y capacidad para el ejercicio profesional.

A su vez, la matrícula constituye una de las formas de jerarquizar la profesión; implica derechos, obligaciones y responsabilidades que las y los profesionales matriculados asumen a fin de garantizar un ejercicio profesional eficiente.

Matricularse en un Colegio Profesional significa formar parte de una entidad que controla el ejercicio profesional mediante acciones concretas para combatir el ejercicio ilegal, defender las incumbencias y los legítimos intereses de la actividad.

El requisito de matriculación es obligatorio, considerándose un delito en el Código Penal su incumplimiento.

La ley Provincial N°1942-A establece que se considera ejercicio profesional del Licenciado/a en Biología, a los actos profesionales realizados de manera remunerada o gratuita, individual, grupal, institucional e interdisciplinaria, tanto en el ámbito privado como público, cuyo desarrollo requiere conocimientos impartidos por los organismos que expidieron el título habilitante. 

Los Derechos y Deberes de las y los Matriculados

La ley Provincial N° 1942-A establece que, considerando las normas internas y por ley establecidas, la matriculación permite participar en las Asambleas, solicitar que se interpongan reclamos ante quien correspondiere, ser oído ante el Tribunal de Ética y Disciplina cuando fuere sometido al mismo, formular consultas de carácter profesional a los órganos de Gobierno; solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria, elegir y ser elegido/da miembro de los órganos de Gobierno, cumplir en tiempo y forma con las obligaciones establecidas para el ejercicio Profesional, denunciar ante el Colegio Profesional actitudes de las y los matriculados o de terceros contrarias a la ética, la moral y a las disposiciones que regulan el ejercicio profesional, y toda otra que se desprenda de lo prescripto en la ley o de las normas que dicte el Colegio Profesional al respecto.

¿Por qué Contratar a un/una Profesional Matriculado/da?

La matriculación es el mecanismo reconocido para que sean las y los profesionales debidamente formados y habilitados quienes ocupen los espacios laborales que por derecho les corresponden, y que desarrollen su actividad en un marco de responsabilidad y ética profesional. El Colegio Profesional de Ciencias Biológicas de San Juan tiene la potestad verificar si el o la profesional reúne los requisitos exigidos por la Ley, y se expide formalmente al respecto asegurando que el mismo cuenta con el título habilitante correspondiente. 

BAJA DEFINITIVA DE LA MATRÍCULA

De la misma manera, aquellos profesionales matriculados que no se encuentren ejerciendo la profesión en el ámbito de la provincia de San Juan y/o no residan en la provincia, podrán solicitar formalmente mediante nota con carácter de declaración jurada la baja definitiva de la matrícula que le ha sido otorgada por el Colegio Profesional.

La Importancia de la Matriculación

La matrícula profesional, es un requisito indispensable para ejercer la profesión, es la forma de documentar, respaldar, acreditar o legitimar el desempeño profesional, garantizando ante la comunidad su formación y capacidad para el ejercicio profesional.

A su vez, la matrícula constituye una de las formas de jerarquizar la profesión; implica derechos, obligaciones y responsabilidades que las y los profesionales matriculados asumen a fin de garantizar un ejercicio profesional eficiente. 

Matricularse en un Colegio Profesional significa formar parte de una entidad que controla el ejercicio profesional mediante acciones concretas para combatir el ejercicio ilegal, defender las incumbencias y los legítimos intereses de la actividad.

El requisito de matriculación es obligatorio, considerándose un delito en el Código Penal su incumplimiento.

La ley Provincial N°1942-A establece que se considera ejercicio profesional del Licenciado/a en Biología, a los actos profesionales realizados de manera remunerada o gratuita, individual, grupal, institucional e interdisciplinaria, tanto en el ámbito privado como público, cuyo desarrollo requiere conocimientos impartidos por los organismos que expidieron el título habilitante. 

Los Derechos y Deberes de las y los Matriculados

La ley Provincial N° 1942-A establece que, considerando las normas internas y por ley establecidas, la matriculación permite participar en las Asambleas, solicitar que se interpongan reclamos ante quien correspondiere, ser oído ante el Tribunal de Ética y Disciplina cuando fuere sometido al mismo, formular consultas de carácter profesional a los órganos de Gobierno; solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria, elegir y ser elegido/da miembro de los órganos de Gobierno, cumplir en tiempo y forma con las obligaciones establecidas para el ejercicio Profesional, denunciar ante el Colegio Profesional actitudes de las y los matriculados o de terceros contrarias a la ética, la moral y a las disposiciones que regulan el ejercicio profesional, y toda otra que se desprenda de lo prescripto en la ley o de las normas que dicte el Colegio Profesional al respecto.